¿Cómo denunciar
a alguien que vende
animales ilegalmente?

Conoce los canales y qué pasos
debes seguir para presentar una
denuncia así como cuáles son las
sanciones.

Es común ver en el centro
de Lima a personas
inescrupulosas vendiendo
de manera ilegal animales
domésticos y silvestres,
a los que llevan en sus
bolsos, mochilas y bolsillos
o tienen guardados en
pequeños lugares y pésimas
condiciones.

¿Dónde puedo
denunciar la venta
ilegal de animales?





ANIMALES
DOMÉSTICOS Y
DE GRANJA

- La Policía Nacional del Perú, a
través de una comisaría del sector
donde se comete el presunto delito.

- Los municipales distritales o
provinciales.

- A través de los teléfonos: (01)
632-1343 y el 982 158 461

- Al correo
denuncias.gfc@munlima.gob.pe





ANIMALES
SILVESTRES

- La Dirección de Medioambiente
de la Policía Nacional del Perú.
964809122

- A los siguientes correos:
dirmeamb.divctiprn@policia.gob.pe,
dirin.sipol.dirmeamb@policia.gob.pe

- El Servicio Nacional Forestal y de
Fauna Silvestre
(Serfor)

- Puedes acudir a la sede la
Avenida Javier Prado Oeste N°
2442, en la urbanización Orrantia,
Magdalena del Mar, Lima.

LLamando al 01 225 9005

- A través del siguiente link:
http://appweb.serfor.gob.pe/alerta-
serfor/

Tanto para los animales
domésticos y silvestres
debes tener en
cuenta estos pasos:

1

Conseguir pruebas, que pueden
ser fotos o videos que permitan
acreditar la denuncia. Es
importante procurar identificar al
denunciado o dar su dirección de
Facebook, si es que la venta se
realiza por redes sociales.


2

Identificar el lugar donde se
trafican los animales.



3

Antes de presentar las pruebas
recabadas, se recomienda realizar
una copia y mantenerla en tu
poder.


4

Acudir a la entidad pertinente.





¿Cuáles son las normas
u ordenanzas que protegen a
los animales?

- La Ley 30407, de protección y
bienestar animal,
sanciona actos
de crueldad, abandono y muerte
de animales domésticos y
silvestres.

- El artículo 308 del código
procesal penal, Ley de delitos
ambientales,
castiga con pena
privativa de libertad no menor de
tres años ni mayor de cinco años a
quienes adquieren, venden,
transportan, almacenan, importan,
exportan o reexportan, de forma
no autorizada, recursos genéticos
de especies de flora y/o fauna
silvestre.

- La Municipalidad de Lima, de
acuerdo con la Ordenanza N° 2200,
sanciona con 1 UIT (unidad
impositiva tributaria), equivalente
a S/4400, “por comercializar
cualquier espécimen de fauna
silvestre en áreas de uso público o
locales no autorizados” y “por
comercializar animales
domésticos en áreas de uso
público o locales no autorizados”.

En ambos casos se retiene a los
animales y se clausura el negocio
por 15 días.

FUENTES:

Serfor
Municipalidad
de Lima

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