Mercedes Carrión Romero
Personera legal alterna de Perú Libre
Mercedes Irene Carrión Romero ha estado vinculada a Perú Libre desde su fundación. De acuerdo con el ROP, este enlace se dio desde febrero del 2012. En la estructura partidaria, Carrión Romero estuvo en la Secretaría de Profesionales Nacional hasta abril del 2014.
Antes de unirse a Perú Libre, postuló en las elecciones regionales y municipales del 2006 al cargo de consejera regional de Junín con el partido Frente Patriota Peruano, pero no fue electa.
Entre los años 2011 y 2014, realizó aportes a Perú Libre por la suma total de S/ 1.350 en efectivo, de acuerdo con la ONPE.
Cinco años después, fue designada por Vladimir Cerrón en el cargo de confianza de directora regional de Asesoría Jurídica del GORE Junín. La resolución ejecutiva regional para su designación fue firmada el 2 de enero del 2019, cuando Cerrón inició su segunda gestión. Días después, desde el 27 de enero del 2019, es personera legal alterna de Perú Libre, según el ROP
Sin embargo, el Informe de visita de control del OCI del GORE Junín halló que Carrión Romero estaba inhabilitada por la Contraloría y Servir hasta el 15 de julio del 2019. Durante siete meses ejerció esta función pública pese a encontrarse inhabilitada.
Adicionalmente, el referido informe advierte respecto a Carrión Romero que no acreditó especialización en administración de obras públicas y las declaraciones juradas de no estar inhabilitada. Por ello, no habría cumplido los requisitos mínimos del MOF.
Ella informó al órgano de control que tenía una demanda en proceso sobre la acción contencioso-administrativa, admitida a trámite en noviembre del 2017. Asimismo, un proceso de medida cautelar que estaba pendiente de resolver en la fecha en que fue realizado el informe de la OCI.
Mercedes Carrión, en comunicación con El Comercio, dijo que fue inhabilitada para la función pública -del 15 de julio de 2017 al 15 de julio de 2019-, por el caso de la construcción del Aeródromo Wanka. Para este caso, presentó una apelación. Adicionalmente, hacia fines del 2018 interpuso una medida cautelar a la inhabilitación.
“Es verdad que la Contraloría me había inhabilitado, pero yo he judicializado ese proceso y obtuve una medida cautelar por el cual podía trabajar”, informó. Mencionó también que no le solicitaron ninguna declaración jurada.
“No es que no haya adjuntado, a mí no me han pedido ninguna declaración jurada. No me han pedido, sino lo hubiera presentado. Cuando entré al Gobierno Regional, yo ya tenía mi medida cautelar. Por eso acepté, es un cargo de confianza”, declaró.
Carrión detalló que su hoja de vida ya lo tenía el Gobierno Regional de Junín desde el año 2011. “Para yo ingresar al segundo periodo, que correspondía al año 2019, en nuestro curriculum vitae no nos han pedido que actualicemos”, dijo.
Otro factor que considerar son las fechas: cuando Carrión fue designada directora regional de Asesoría Jurídica, faltaban seis meses para que concluya su inhabilitación. “Si ella tiene una sanción del 2017, ¿por qué no presentó la cautelar a inicios del 2018 y dejó que corra el 75% de la sanción?”, cuestionó Trelles. Adicionalmente, dijo que “todo trabajador que ingresa al Estado tiene que hacer declaraciones”.
Carrión dejó el cargo público un año después, el 2 de enero del 2020, cuando Fernando Orihuela Rojas dio por concluida su designación.
Sin embargo, tras su desvinculación del ente regional, entre febrero y marzo de este año, obtuvo dos órdenes de servicio en el GORE Junín/Educación y la Municipalidad Provincial de Huancayo, jurisdicción que también es liderada por Perú Libre, cuyo alcalde es Juan Carlos Quispe Ledesma, afiliado al partido.
Ambas órdenes se dieron bajo el paraguas de contrataciones de hasta 8 UIT. En los dos casos brindó servicios de asistencia legal y los pagos fueron S/9.000 (Municipalidad Provincial de Huancayo) y S/2.500 (Gobierno Regional de Junín-Dirección General de la DREJ).
En cuanto a las órdenes de servicio, Trelles comentó que el tema debe ser revisado debido a que, en general, “la Procuraduría de las entidades públicas tienen la competencia y facultades para asesorar a una entidad pública. Entonces, las entidades públicas no deberían contratar abogados para algún tipo de asesoría, que ya la brinda la Procuraduría”.
Por tanto, Trelles comentó que habría “una irregularidad en los filtros de supervisión de los contratos”. Si bien había concluido el tiempo de inhabilitación de Carrión, el problema sería interno. “Si ya venció su plazo de inhabilitación, el gran inconveniente es cómo voy a contratar con un proveedor con el que previamente he tenido una contingencia o controversia o cuestionamiento. Cómo vuelvo a contratar con un proveedor con el que yo he tenido una relación laboral y esta persona ha infringido las normas generales de la función pública”, explicó.
Para María Elena Sánchez, hay una línea muy delgada entre “lo legal” y “lo transparente”. “Al ser dinero de los ciudadanos, uno tiene que asegurarse doblemente que lo que se va a gastar sea de manera en que se pueda dar una rendición de cuentas sin problemas”, anotó.
Víctor Baca y José Trelles, expertos en contrataciones del Estado, explicaron la naturaleza de los contratos de hasta 8 UIT.
“En estos casos, no aplica la ley, pero sí establece la misma que están sometidos a supervisión por parte del OSCE para evitar que haya fraccionamiento y la norma establece que para estos contratos por debajo de 8 UIT aplican los impedimentos para contratar”, comentó Baca.
Añadió que no hay una “lista” de casos que justifiquen este tipo de contrato. El tema está vinculado, sobre todo, al monto del contrato.
Por su parte, José Trelles añadió que este proceso permite tener un mayor dinamismo para la adquisición de bienes y servicios. Pero “el gran problema de este tipo de contratos es que la mayor parte del presupuesto de algunas entidades públicas se va a este tipo de exoneraciones. Entonces, produce especies de fraccionamiento en las contrataciones para evitar un proceso de selección”.
El principal inconveniente con este tipo de contrataciones es la transparencia. “No se transparenta la posibilidad de seleccionar al proveedor más eficiente, sino que haces un proceso más simple en la selección de proveedores y básicamente casi a dedo o direccionado, puede lograr la contratación directa de proveedores. No necesita pasar por un tamiz de evaluación objetiva de muchos proveedores”.
“Está hecha la ley, la trampa la hacen los funcionarios que aprovechan cierto tipo de regulaciones para salirse del camino común de la normativa”, añadió.
Finalmente, Trelles comentó que el problema no es solo que exista “una ventana” a través de la cual se pueden cometer arbitrariedades, sino que no existe un sistema de control que las revise.