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Sombras en las contrataciones del GORE Junín durante la gestión de Perú Libre

Cuatro anteriores y actuales funcionarios públicos están involucrados en contrataciones ensombrecidas. Dos de ellos habrían recibido pagos fraccionados, una de ellas percibió doble pago por parte del Estado y la cuarta fue designada funcionaria pese a estar inhabilitada para ejercer la función pública.

Texto: Alicia Rojas Sánchez
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Ofelia Ríos Pacheco
Tesorera titular de Perú Libre

Además de ser investigada por el presunto delito de malversación de fondos -cuyo agraviado es el GORE Junín, como informó El Comercio, Ofelia Ríos Pacheco se desempeña desde enero del 2019 como subdirectora de Administración Financiera del GORE Junín, cargo al que fue designada por el suspendido gobernador de Junín Vladimir Cerrón.

Aquel mes -26 días después-, asumió la Tesorería Titular de Perú Libre, partido al que es afiliada, de acuerdo con el Registro de Organizaciones Políticas (ROP). Aunque no ha postulado a ningún cargo de elección popular, ha sido aportante de la agrupación política entre los años 2012 y 2013 con S/740 en total.

El último aporte registrado por Ríos Pacheco a Perú Libre corresponde al 10 de marzo de este año. A través de una transacción bancaria, entregó S/2.000 al partido para esta campaña.

Sin embargo, una de las presuntas irregularidades que se observa en el caso de Ríos Pacheco es que, durante el tiempo que ejerce la función pública, obtuvo seis órdenes de servicio en la Municipalidad Distrital San Marcos Rocchac por un total de S/24.000 como persona natural. Estas fueron contrataciones hasta 8 UIT y “otras contrataciones sin proceso de selección previo”, de acuerdo con el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

Ríos Pacheco, contadora pública desde 1998, a la par de su función pública dio desde noviembre del 2019 hasta enero de este año servicios de “asesor externo” al referido municipio.

José Trelles, experto en contrataciones del Estado, anotó que este es un caso “grave” debido a que Ríos Pacheco, siendo funcionaria pública, no puede contratar con otras entidades públicas.

“Esa es una vulneración al principio de doble remuneración. Si estoy trabajando para una entidad pública, se supone que ese trabajo es a tiempo completo. Lo que dice la norma es que se tiene que iniciar un proceso contra esa persona y proceda a devolver el monto que indebidamente ha percibido”, indicó.

Trelles reiteró que “teniendo un contrato con el Estado, esto prohíbe realizar otro tipo de contrataciones. Esas asesorías son ingresos y ninguna persona pude tener una doble remuneración de todo monto recibido por el Estado”.

Asimismo, María Elena Sánchez, experta en contrataciones del Estado, señaló que los cargos designados son de exclusividad. “Eso impide, tanto como persona natural como jurídica, a dar un servicio a otra entidad pública, salvo que sea docencia”, explicó. También comentó que la doble percepción podría tener una consecuencia penal.

Adicionalmente, Ríos Pacheco es una de las personas incluidas en el informe que advirtió situaciones irregulares en la designación de cargos de confianza en el GORE Junín.

De la verificación hecha, el OCI del GORE Junín indicó que Ofelia Ríos Pacheco no acreditó su habilitación profesional, su experiencia mínima al “no considerar documentación que permita verificar los plazos de finalización de su experiencia laboral”. Tampoco contaba con la capacitación especializada en contabilidad gubernamental. Por tanto, “no cumpliría con los requisitos mínimos en el MOF”.

Desde El Comercio intentamos comunicarnos vía telefónica con Ofelia Ríos, pero no recibimos respuesta.

¿Qué permiten las contrataciones de hasta 8 UIT?

Víctor Baca y José Trelles, expertos en contrataciones del Estado, explicaron la naturaleza de los contratos de hasta 8 UIT.

“En estos casos, no aplica la ley, pero sí establece la misma que están sometidos a supervisión por parte del OSCE para evitar que haya fraccionamiento y la norma establece que para estos contratos por debajo de 8 UIT aplican los impedimentos para contratar”, comentó Baca.

Añadió que no hay una “lista” de casos que justifiquen este tipo de contrato. El tema está vinculado, sobre todo, al monto del contrato.

Por su parte, José Trelles añadió que este proceso permite tener un mayor dinamismo para la adquisición de bienes y servicios. Pero “el gran problema de este tipo de contratos es que la mayor parte del presupuesto de algunas entidades públicas se va a este tipo de exoneraciones. Entonces, produce especies de fraccionamiento en las contrataciones para evitar un proceso de selección”.

El principal inconveniente con este tipo de contrataciones es la transparencia. “No se transparenta la posibilidad de seleccionar al proveedor más eficiente, sino que haces un proceso más simple en la selección de proveedores y básicamente casi a dedo o direccionado, puede lograr la contratación directa de proveedores. No necesita pasar por un tamiz de evaluación objetiva de muchos proveedores”.

“Está hecha la ley, la trampa la hacen los funcionarios que aprovechan cierto tipo de regulaciones para salirse del camino común de la normativa”, añadió.

Finalmente, Trelles comentó que el problema no es solo que exista “una ventana” a través de la cual se pueden cometer arbitrariedades, sino que no existe un sistema de control que las revise.